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Preguntas Más Frecuentes



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  • ¿Cuánto cuesta presentar un caso de bancarrota bajo el Capítulo 7? Los tribunales deben cobrar un cargo de presentación del caso de $245, un cargo por gastos administrativos varios de $39, y un recargo por el síndico de $15. Si usted decide contratar a un abogado para que lo represente en el caso, tendrá que pagar un costo adicional por los honorarios correspondientes a los servicios legales. Los honorarios de los abogados no son uniformes y varían de acuerdo al lugar y al abogado.


  • ¿Cuánto cuesta presentar un caso de bancarrota bajo el Capítulo 13? Los tribunales deben cobrar un cargo de presentación del caso de $235 y un cargo por gastos administrativos varios de $39. Si usted decide contratar a un abogado para que lo represente en el caso, tendrá que pagar un costo adicional por los honorarios correspondientes a los servicios legales. Los honorarios de los abogados aplicables a los casos de bancarrota bajo el Capítulo 13 tampoco son uniformes y varían de acuerdo al lugar y al abogado, pero en general son más altos que los honorarios de los casos del Capítulo 7.


  • ¿Necesito contratar los servicios de un abogado para presentar un caso de bancarrota? Usted no está obligado a tener un abogado que lo represente, pero por lo general, el asesoramiento de un abogado lo ayudará a comprender sus derechos y las consecuencias de su caso de bancarrota, particularmente a la luz de los recientes cambios introducidos a la ley de quiebras. Por lo general, si toma la decisión de presentar un caso de bancarrota bajo las disposiciones del Capítulo 7 o las del Capítulo 13, el dinero gastado en los servicios de un abogado con experiencia en quiebras que le brinde asesoramiento y asistencia es dinero bien gastado.


  • ¿Hay otras alternativas más económicas que contratar un abogado? Los llamados "preparadores de peticiones de bancarrota" ofrecen servicios en algunas áreas del país y en Internet. Aunque comúnmente cobran honorarios más bajos que los abogados, por lo general, estos preparadores no son abogados y, por lo tanto, no están autorizados a brindarle asesoramiento legal ni a representarlo ante la corte en caso de que surgieran problemas con su caso. Si usted tiene recursos económicos muy limitados, en algunos estados o ciudades es posible que a través de una oficina de servicios de asistencia legal o asociación de abogados local pueda conseguir un abogado que lo represente sin cobrarle de acuerdo a una base pro bono.


  • ¿Puede conservar mis tarjetas de crédito después de presentar mi caso de bancarrota? El emisor de la tarjeta es quien decidirá si usted puede continuar conservando y usando una cuenta de tarjeta de crédito. Algunas compañías emisoras de tarjetas de crédito pueden permitirle seguir manteniendo su cuenta si usted le "reafirma" el pago de su deuda, vale decir si se compromete por escrito a asumir el pago de su deuda con tarjeta. Puede haber otras alternativas disponibles, como por ejemplo las tarjetas con pago asegurado o garantizado que funcionan de manera más parecida a las tarjetas de débito que las de crédito.


  • ¿Me pueden despedir del trabajo si presento un caso de bancarrota? En general, el Código de Quiebras prohíbe el despido laboral o la discriminación respecto del empleo exclusivamente debido a que un individuo (1) haya presentado un caso de bancarrota, o (3) no haya pagado una deuda sujeta a descargo.
  • La visión de la NFCC es crear una cultura nacional de responsabilidad financiera.
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